ARTÍCULO 1°: Convóquese al Premio Municipal de Literatura, otorgado por la ilustre Municipalidad de Santiago, en los Géneros y condiciones siguientes:
Novela
Cuento
Poesía
Cada uno discernido anualmente, entre las obras publicadas en primera edición durante el año anterior a la convocatoria del concurso.
Ensayo: discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición durante el año anterior a la convocatoria del concurso, cuyo texto en prosa y de longitud de un libro, desarrolle una discusión en el ámbito de las artes, las humanidades o las ciencias referida a la exposición argumentada de uno o varios temas sin la pretensión de ser una presentación completa o concluyente, ni la necesidad de mostrar todo el aparato erudito.
Referencial: discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición el año anterior a la convocatoria del concurso, que refieran a memorias, crónicas, diarios, cartas, biografías y también compilaciones y antologías, considerándose co-autor de estas últimas al editor, antologador o compilador sólo en caso que el autor material de los textos reunidos esté vivo o que sus derechos de autor se encuentren vigentes. En caso de que estos derechos se encuentren liberados, el premio no tendrá que ser divido entre compilador y titular de los derechos.
Investigación Periodística: Discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición el año anterior a la convocatoria del concurso, que refieran a reportajes, entrevistas e investigaciones en formato de libro.
Dramaturgia: discernido anualmente, entre las obras publicadas (en formato libro) y/o las obras estrenadas, ambas en el año anterior a la convocatoria del presente concurso. Las obras estrenadas al público se entregarán en formato impreso anillado en tres copias idénticas y se deberá adjuntar fotocopia de una nota de prensa además de una pieza gráfica (flyer, fotografía, afiche o programa) que acredite la fecha y lugar de estreno de la obra.
Literatura Infantil: discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición durante el año anterior a la convocatoria del concurso. Se considerará literatura infantil a la que está escrita por adultos y dirigida a los niños lectores así como aquellos que aún no leen.
Literatura Juvenil: discernido anualmente entre las obras publicadas en primera edición durante el año anterior a la convocatoria del concurso. Se considerará literatura juvenil a la que está escrita por adultos y dirigida a los jóvenes lectores.
Edición: discernido anualmente entre los libros editados en chile, impresos en el país o en el extranjero, publicados el año anterior a la convocatoria del concurso. El Jurado, considerando tanto el contenido como el diseño, evaluará el aporte del libro a la sociedad en diferentes ámbitos, como el patrimonial, el cultivo de la lectura, la innovación de un género u otros criterios relacionados al oficio editorial.
ARTÍCULO 2°: entre todas las postulaciones recibidas y que califiquen como admisibles, el Jurado seleccionara 3 obras finalistas por cada Género, que serán dadas a conocer y difundidas públicamente. De entre las obras finalistas se elegirá a un solo ganador por Género.
ARTÍCULO 3°: Los premios Municipales de literatura corresponderán a:
- Una cantidad de dinero ascendente a dos millones de pesos ($2.000.000) para cada género.
- Un diploma alusivo, en testimonio del galardón.
ARTÍCULO 4°: Los premios municipales de Literatura se otorgarán mediante decreto Alcaldicio, que llevará incorporadas las actas de los Jurados de cada Género Literario.
ARTÍCULO 5°: el otorgamiento de las distinciones anteriores no es obligatorio, pudiendo el Jurado, para cada caso, declararlas desiertas.
ARTÍCULO 6°: podrán postular al premio municipal de literatura, en los respectivos géneros, las obras de autores chilenos y extranjeros con más de cinco (5) años de permanencia, acreditada mediante certificado de residencia, que hayan realizado su actividad en el país, publicadas en primera edición o estrenadas, en el caso de la dramaturgia, ya sea en chile o en el extranjero, durante el plazo anual previo, y que durante ese período hayan estado disponibles al público lector o al público espectador en el caso de la dramaturgia estrenada.
ARTÍCULO 7°: las obras podrán ser inscritas en el concurso por su autor en forma personal o por su editorial. Los autores y las editoriales, en adelante los «postulantes», deberán presentar las obras en quintuplicado, junto a un documento que indique claramente el título de la obra, nombre del autor, rut, dirección, email y teléfono; nombre de la editorial, dirección, email y teléfono; nombre del editor, año de publicación y género al que postula, en la dirección que indique la i. Municipalidad de Santiago. El plazo de postulación se extenderá desde el día 24 de julio hasta el día 24 de agosto del presente año, estableciéndose que éstas no serán devueltas y pasarán a incrementar el fondo literario de la Biblioteca Municipal.
A los postulantes cuyas obras sean seleccionadas como finalistas se les solicitará, previo acuerdo y coordinación de las partes, una cantidad mayor de ejemplares que serán necesarios para la campaña de difusión que se realizará en librerías con los títulos finalistas del premio Municipal de Literatura 2015. Al finalizar la campaña de difusión de finalistas, los ejemplares que no sean vendidos en las diversas librerías serán devueltos al postulante.
En el caso de presentarse una doble postulación, es decir, que una obra haya sido presentada por su autor y también por la editorial, se devolverá a su autor los ejemplares que haya entregado de su obra.
ARTÍCULO 8°: No podrán participar en el Concurso los miembros del Jurado, ni tampoco sus cónyuges, parientes políticos cercanos y parientes consanguíneos, hasta el 2° grado inclusive, ni otras personas que tengan relación o dependencia directa.
Los autores cuyas obras hayan obtenido el Premio Municipal de Literatura no podrán concursar en años consecutivos.
No se aceptará la postulación de obras publicadas póstumamente.
ARTÍCULO 9°: Cada miembro del jurado podrá pedir que se considere para participar en el concurso una obra que cumpliendo todos los requisitos, no haya sido presentada dentro del plazo establecido.
El Jurado tendrá la atribución de modificar el género al cual una obra ha sido postulada, debiendo dejar por escrito la justificación de dicho cambio, con firma del presidente del Jurado e informando del cambio al postulante.
ARTÍCULO 10°: Los autores darán por aceptado el presente Reglamento por el solo hecho de participar sus obras en el concurso.
El incumplimiento de alguna de las condiciones señaladas en este Reglamento tendrá como consecuencia la descalificación de la obra postulada que será declarada inadmisible por no ajustarse a las bases de esta convocatoria.
Los postulantes autorizan que su nombre, dirección postal, teléfono y correo electrónico sean incorporados a la base de datos de la Dirección de Cultura.
Al mismo tiempo, y previa coordinación con la i. Municipalidad de Santiago, los galardonados con el Premio Municipal de Literatura se comprometen a participar en actividades de promoción y difusión de los autores y obras premiadas, durante el año en que han recibido dicho premio.
El Jurado tendrá la atribución de modificar el género al cual una obra ha sido postulada, debiendo dejar por escrito la justificación de dicho cambio, con firma del presidente del Jurado e informando del cambio al postulante.
ARTÍCULO 10°: Los autores darán por aceptado el presente Reglamento por el solo hecho de participar sus obras en el concurso.
El incumplimiento de alguna de las condiciones señaladas en este Reglamento tendrá como consecuencia la descalificación de la obra postulada que será declarada inadmisible por no ajustarse a las bases de esta convocatoria.
Transcurrido el plazo de postulación, se informará a través del sitio web de la Dirección de Cultura www.santiagocultura.cl si hubo o no postulaciones inadmisibles. En caso de haberlas, se publicará la nómina de postulaciones inadmisibles y el motivo de su inadmisibilidad.
Los postulantes autorizan que su nombre, dirección postal, teléfono y correo electrónico sean incorporados a la base de datos de la Dirección de Cultura.
Al mismo tiempo, y previa coordinación con la i. Municipalidad de Santiago, los galardonados con el Premio Municipal de Literatura se comprometen a participar en actividades de promoción y difusión de los autores y obras premiadas, durante el año en que han recibido dicho premio.
ARTÍCULO 11°: Habrá un Jurado para cada género literario, el cual quedará integrado de la siguiente manera:
- El Alcalde, quien lo presidirá, pudiendo delegar en un funcionario municipal, o en un ganador de años anteriores, o en otra persona.
- Dos representantes de instituciones Culturales, Organizaciones o Personas Naturales, que en lo posible sean afines a la naturaleza de las obras, para el caso de los géneros Novela, Cuento y Poesía.
- Dos representantes de instituciones Culturales, organizaciones o Personas Naturales, que en lo posible sean afines a la naturaleza de las obras, para el caso de los géneros Ensayo, Referencial, investigación Periodística, Dramaturgia, Literatura infantil, Literatura Juvenil y Edición.
ARTÍCULO 13°: El Jurado es autónomo en cuanto a sus criterios de evaluación. Sus miembros fallarán mediante votación personal y directa, en una misma oportunidad, salvo que por razones fundadas y previa autorización del Jurado, alguno de sus miembros se ausentare, ocasión en la que deberá consignar el voto en acta firmada, entregada en custodia al Secretario con antelación.
ARTÍCULO 14°: El Jurado otorgará los premios Municipales de Literatura por mayoría de votos. En caso de empate, su presidente tendrá el voto dirimente y zanjará el acuerdo en caso que así se requiriese.
ARTÍCULO 15°: en el acta de la sesión en que se dictamine sobre el otorgamiento de las distinciones, se dejará constancia de las preferencias para cada caso, estableciéndose el fundamento de tal decisión. Dicho documento deberá remitirse al Secretario Municipal, dentro de los próximos diez (10) días hábiles desde la fecha de la referida acta.
ARTÍCULO 16°: cada integrante del jurado con excepción del funcionario municipal, si lo hubiere, recibirá como honorario:
-En el género Novela, la suma de seiscientos mil pesos ($600.000).
-En el género Cuento, la suma de seiscientos mil pesos ($600.000).
-En los géneros Poesía y Ensayo, la suma de quinientos mil pesos ($500.000).
-En los géneros Referencial, Edición e investigación periodística, la suma de cuatrocientos mil pesos ($400.000).
-En los géneros Literatura infantil, Literatura juvenil y Dramaturgia, la suma de trescientos mil pesos ($300.000).
-El Presidente del Jurado, en caso de haber sido delegado el cargo en persona que no sea funcionario municipal, y quien será el mismo para todos los Géneros, recibirá como honorario la suma de un millón doscientos mil pesos ($1.200.000).
La cancelación de los respectivos honorarios se efectuará previa devolución de la totalidad de los libros entregados para su escrutinio.
ARTÍCULO 17°: en el mes de julio, la municipalidad convocará a los autores nacionales a participar en el concurso mediante publicación en el sitio web de la Dirección de cultura de la i. Municipalidad de Santiago www.santiagocultura.cl, en el que se indicará la repartición municipal que tendrá a su cargo la coordinación, y la dirección en que se deberá entregar las obras concursantes.
ARTÍCULO 18°: En la segunda (2a) quincena del mes de octubre se publicará el listado de obras finalistas de cada uno de los géneros participantes en el sitio web de la Dirección de Cultura www.santiagocultura.cl
Los resultados del concurso y la nómina del jurado se darán a conocer durante la segunda (2a) quincena del mes de noviembre en el sitio web de la Dirección de cultura www.santiagocultura.cl
ARTÍCULO 19°: La coordinación y el cumplimiento del presente Reglamento corresponderán a la repartición que el Alcalde disponga.
ARTÍCULO 20°: Los gastos que origine el cumplimiento del presente Reglamento serán cargados al Ítem respectivo del presupuesto municipal.
ARTÍCULO 21°: Se derogan todas las disposiciones anteriores que directa o indirectamente puedan aludir de modo general y particular al premio Municipal de Literatura.
RECEPCIÓN DE OBRAS
Premio Municipal de Literatura
24 de julio al 24 de agosto. Lunes a viernes, 10 a 17 hrs. Museo de Santiago Casa Colorada Merced 860.
MÁS INFORMACIÓN
Dirección de Cultura
santiagocultura.cl
UNIDAD DE PREMIOS MUNICIPALES
premiosmunicipales@munistgo.cl
+562 23867400
El análisis no solo es preciso en cuanto a los elementos identificados, sino también bastante concreto al momento de expresar…